No. 87 Educación y democracia
Democratización de la educación y autonomía: dimensiones históricas y debates actuales*
Elsie Rockwell**
El Convenio OIT 169 (apartado 7-1) obliga a los gobiernos firmantes (México entre ellos) a respetar y garantizar mecanismos de negociación, decisión y construcción permanentes para que los pueblos indígenas puedan "establecer sus propias prioridades, en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar ... su propio desarrollo económico, social y cultural. " En los debates sobre la educación, la pregunta central puesta por los grupos indígenas era cómo crear mecanismos concretos que garantizaran este derecho general a la autodeterminación. En estos términos, desde luego es insuficiente el compromiso que adquirió el gobierno federal en San Andrés, sin embargo, los Acuerdos representan, como lo han dicho muchos, un primer paso en esa dirección.